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Límites a las denuncias por paradero: el Ministerio Público busca evitar el colapso judicial por casos menores

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A través de la Resolución 310/2026, el Procurador General Alejandro Gullé estableció límites estrictos para las investigaciones de paradero.

El Ministerio Público Fiscal de Mendoza implementó un cambio estructural en la forma en que se reciben y tramitan las denuncias por «Averiguación de Paradero». Mediante la Resolución N° 310/2026, las autoridades locales fijaron límites precisos para estas investigaciones, buscando frenar la saturación de trabajo que actualmente afecta a la Unidad Fiscal de Homicidios y Violencia Institucional.

La medida surge tras detectar que una gran cantidad de las denuncias diarias no corresponden a desapariciones forzadas o situaciones de riesgo real, sino a conflictos que deberían resolverse en otras instancias judiciales. Según los fundamentos de la norma, esta sobrecarga impide que los investigadores se concentren en aquellos casos donde la persona realmente ha sido víctima de un delito.

Los casos que ya no serán investigados como paraderos

La nueva directiva establece un listado detallado de situaciones que, a partir de ahora, no deberán ser calificadas como paraderos. Entre los puntos más destacados se encuentran:

  • Fugas de hogares de menores: no se considerará «paradero» la ausencia o salida sin permiso de niños o adolescentes alojados en centros de la Dirección de Protección de Derechos o institutos de rehabilitación.
  • Conflictos familiares: se excluyen las denuncias realizadas por progenitores cuyos problemas tengan origen en disputas que corresponden al ámbito de los Juzgados de Familia.
  • Salidas voluntarias de hospitales: tampoco se activará el protocolo por personas que decidan abandonar por voluntad propia centros de salud públicos o privados, incluyendo clínicas psiquiátricas.
  • Evasión de detenidos: las personas privadas de la libertad que se fuguen de su lugar de residencia o detención seguirán carriles de investigación distintos al de averiguación de paradero.

Enfoque en las víctimas de delitos

El procurador general, Alejandro Gullé, subrayó que el concepto de «Averiguación de Paradero» debe reservarse exclusivamente para investigar casos donde una persona se ausenta de su entorno habitual sin que se tengan noticias de ella, con el fin de corroborar si ha sido víctima de un ilícito.

Si durante la recepción de una denuncia surge que la desaparición está ligada a un delito, la causa deberá derivarse de inmediato a la Unidad Fiscal especializada que corresponda. Con esta nueva organización, la Jefatura de la Unidad Fiscal de Homicidios será la encargada de dictar las pautas de actuación definitivas para los casos que sí revistan gravedad, garantizando un uso más eficiente de los recursos del Estado.

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