12 de Mayo de 2021lEl diputado Jorge Difonso (UP-FR) ha presentado un proyecto de Ley que busca inhabilitar por un período de dos años para el ejercicio de sus actividades profesionales a técnicos y/o empresas que falsifiquen, manipulen y/o tergiversen documentación vinculada a evaluaciones de impacto ambiental, como así también informes de Impacto Ambiental con incidencia en el ámbito provincial o bien en ámbitos u organismos nacionales o internacionales.
La iniciativa también apunta a inhabilitar por un periodo de seis años para prestar sus servicios al Estado mendocino a profesionales y/o empresas que incurran en esa situación.
En la provincia de Chubut, donde se impulsa la mega minería se “desvirtuó un informe del Conicet para avalar la zonificación” y desde ese organismo científico “se denunció públicamente que tergiversaron el informe y se advirtió que la malversación de documentos públicos relacionados con investigaciones del Conicet representa un hecho de extrema gravedad”, recordó el legislador mendocino, señalando que esta situación tuvo que ver “con la redacción del proyecto de su autoría”.
En el Ciclo “En Cámara” Difonso explicó que “en la Ley 5961, que es la ley de Ambiente de Mendoza se establece un procedimiento para todos aquellos trámites que requieren una óptica, una evaluación de impacto ambiental dado el posible impacto que pueden tener sobre la vida humana, la flora, la fauna y en los recursos naturales de nuestra provincia”.
Señaló que en los estudios de impacto ambiental participan “profesionales o personas jurídicas o entidades que tienen un profesionalismo en la materia que están evaluando y emiten dictámenes luego de haber observado la situación para que sean considerados, en el caso de Mendoza, por la Secretaría de Ambiente”.
“En muchos casos también se solicita la audiencia pública y en este punto estos estudios de impacto ambiental son rendidos ante esta audiencia pública, donde la ciudadanía también puede obtener un criterio acerca del futuro proyecto que se pueda desarrollar o que ha sido sujeto a un estudio ambiental”, remarcó.
En esa línea indicó que “lo que proponemos es que aquellas personas que manipulen, falsifiquen o pongan en el estudio de impacto ambiental cuestiones que no son verdaderas, se los inhabilite por lo menos dos años para ejercer la profesión en nuestra provincia y en el caso de que sean personas jurídicas (empresas), pedimos una inhabilitación de hasta seis años, teniendo en cuenta que en esto hay un interés superior respaldado en la Constitución, que es el cuidado de la vida y los recursos naturales, principalmente el agua de los mendocinos”.
Abundó en las penalidades al señalar que “falsear un estudio de impacto ambiental, es una acción temeraria que puede ser llevada adelante tanto por un profesional o por una empresa” y que si bien la inhabilitación es una primera consecuencia, el accionar espurio “constituye un delito tipificado en el Código Penal que está vigente, ya que puede traer consecuencias muy graves para las personas”.
Subrayó que “Mendoza tiene que tener una norma jurídica concreta para que establezca una penalidad concreta a las personas o empresas que incurran en este delito”.