La fiscal federal electoral de la provincia de Buenos Aires, Laura Roteta, emitió un dictamen en el que sostiene que Karen…
Esta decisión se da tras la renuncia de José Luis Espert, quien originalmente encabezaba la lista.
El dictamen no es vinculante, por lo que será el juez Alejo Ramos Padilla quien deberá definir el orden definitivo de la lista libertaria.
El partido oficialista propuso que Diego Santilli, quien se encontraba en el tercer puesto de la lista, sea quien asuma la primera posición, por cuestiones de paridad de género.
La fiscal Roteta, por su parte, fundamentó su postura argumentando que las medidas de acción afirmativa, destinadas a asegurar una representación política equitativa para las mujeres, no deben interpretarse de manera que resulten perjudiciales para el grupo que buscan proteger.
En consecuencia, Roteta concluyó que Reichardt debe ascender del segundo al primer lugar de la lista, y que el resto de los candidatos deben moverse ascendentemente en sus respectivas posiciones.
La Constitución Nacional (art. 37) en su conjunto establece la necesidad de que los Estados tomen medidas afirmativas para garantizar la igualdad real de representación política de las mujeres. Por eso las reglas que contienen la ley de Paridad de Género de cómo deben hacerse los reemplazos en casos de vacancias, deben interpretarse como una acción afirmativa para garantizar esa igualdad de género.
“En este sentido, las reglas de paridad que establecen cómo deben configurarse las listas no son un trámite formal y burocrático (para que las mujeres continúen relegadas con candidaturas meramente testimoniales), sino reglas que existen para corregir desigualdades estructurales e históricas y asegurar que las mujeres tengan oportunidades reales de ocupar cargos”, explicaron fuentes judiciales a El Cronista.
“Reemplazar a un varón renunciante por otro varón en el primer lugar vaciaría de sentido ese objetivo y ampliaría la brecha que la ley busca achicar. Implicaría tolerar que el remedio (paridad) se vuelva en contra del propio colectivo protegido. Por eso cuando la situación contraría el espíritu de la ley, es decir, cuando no beneficia al colectivo vulnerado que se intenta proteger la interpretación de que tiene que subir el varón del tercer lugar al primero podría representar una perspectiva desfavorable hacia las mujeres”, agregaron.
Por todo ello, la solución que respeta el espíritu de paridad de estas leyes, conforme los principios constitucionales, es priorizar a la titular mujer que ya estaba en el puesto 2, entendió la fiscal.










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