jueves, marzo 28, 2024

Mercedes Llano exige que se transparente el gasto que se destina a publicidad y propaganda oficial.

La diputada Mercedes Llano (PD) exige que se transparente el gasto que el Poder Ejecutivo destina a publicidad y propaganda oficial, brindando información clara y precisa.

Por eso, propone la modificación del artículo 84 de la Ley 9.033, para que se provean a la Legislatura los datos detallados sobre publicidad y propaganda a los efectos de garantizar el derecho de acceso a la información pública y no entorpecer el ejercicio de contralor que le compete a la Legislatura y a la ciudadanía.

Complementariamente, presentó otra iniciativa para que el ejecutivo remita los informes adeudados hasta la fecha, correspondientes al 2 cuatrimestre del 2019 y subsiguientes.

“Por la envergadura del gasto en el rubro Publicidad y Propaganda y el notable impacto de la distribución que dicha erogación comporta en la libertad de los medios de comunicación y publicidad de la sociedad mendocina, vemos con inquietud la necesidad imperiosa de transparentar los datos enviados por la Contaduría General de la Provincia a esta Honorable Cámara”, argumenta el proyecto.

Sin embargo, en los Informes de Propaganda y Publicidad, publicados en la página de Información Pública de la Cámara de Diputados se consignan las erogaciones discriminadas por número de proveedor, sin la especificación de la razón social o nombre de la persona física, “violentando los principios de publicidad de los actos de gobierno y de suministro de información completa, previsto en el artículo 5º de la Ley Nº 9070 de Acceso a la Información Pública”, agrega Llano en los fundamentos del proyecto de ley.

“Ante la omisión de la identificación nominal del proveedor, se torna necesaria la búsqueda individualizada en el Registro Único de Proveedores, soporte que tampoco suministra la información integral, pese a estar obligado a publicitar la totalidad de las contrataciones que celebre la Administración Provincial, salvo algunas excepciones, de conformidad a lo previsto por el art. 138º de la Ley de Administración Financiera Nº 8706”, advierte. Cuadro al que se agrega la caducidad de las inscripciones de los proveedores.

Por otra parte, sostiene que del rastreo pormenorizado de proveedores realizado por el equipo de su bloque, sobre la base de los cinco Informes actualmente publicados, sólo se logró identificar al 27% de los mismos, entre los cuales se detectaron significativas sumas devengadas a consultoras.

Además, destaca que la imposibilidad de acceso a la información sobre proveedores “podría tornar imposible el control legislativo del gasto en publicidad y propaganda si se continúa omitiendo la especificación de la razón social o identidad de los contratistas del estado provincial en los documentos remitidos a este poder”.

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