sábado, diciembre 9, 2023

General Alvear: LAS MEDIDAS QUÉ ESTABLECE EL DECRETO MUNICIPAL VIGENTE HASTA EL 22 DE SEPTIEMBRE

En consonancia con el decreto provincial N° 1078 publicado en el Boletín Oficial sobre las medidas vigentes en Mendoza durante esta etapa de distanciamiento, el Intendente Walther Marcolini emitió el Decreto N°365 S.G./2020 que dispone las pautas y limitaciones de diversas actividades con el fin de mitigar el avance de la pandemia en nuestro departamento.

El pasado miércoles, el mandatario municipal brindó una conferencia de prensa detallando de qué forma se administra el distanciamiento social en Alvear hasta el 22 de septiembre. En su mensaje a los vecinos alvearenses, Marcolini apeló a la responsabilidad individual y colectiva entre anuncios de aperturas de puntos de esparcimiento. Además,  consideró razonable buscar el equilibrio entre las actividades habilitadas, la situación epidemiológica y capacidad de respuesta del sistema sanitario.

¿QUÉ ESTABLECE EL DECRETO MUNICIPAL?

Sobre bares, resto bares, resto pub, restaurantes y cafés:

  • Podrán funcionar en modalidad presencial con limite de hasta 4 personas por mesa (al aire libre).
  • En caso de patios o espacios internos, demarcarán las circulaciones para evitar el contacto entre cliente.
  • Limitar al 30% el factor ocupacional
  • Se permite el funcionamiento de delivery y modalidad ‘pase y lleve’.

Sobre reuniones religiosas y cultos:

  • Se realizarán con limite máximo de 10 personas.
  • Los templos deben estar reglamentariamente autorizados a tal fin.

Sobre gimnasios:

  • Deberán funcionar entre las 7:00 y las 20:00h.
  • La concurrencia no podrá exceder el 30% del factor ocupacional.
  • Aquellos que hayan reportado casos positivos no serán habilitados.
  • Cerrarán durante 14 días en caso de detectarse algún contagio entre el personal o personas que concurran.

INFRACCIONES POR VIOLAR LA NORMATIVA VIGENTE

Las infracciones que se constataren por oficiales públicos provinciales o municipales a las restricciones dispuestas en el presente decreto y demás normas vigentes, serán sancionadas con multa de $ 5.000 para la persona infractora y de $50.000 para el establecimiento o entidad en que se verifique la infracción.

Finalmente, el Decreto cede a la Dirección de Inspección General proceder ante algún acto de desacato a lo dispuesto. Al respecto, el Ing. Hugo Molina explicó: «Este decreto establece medidas que se adaptan al decreto provincial y es importante cumplir con la normativa para evitar el avance la pandemia«.

Molina se refirió sobre la apertura, bajo protocolo, de El Trapal, Bodega Faraón y Costanera Alvear: «El Trapal y Bodega Faraón es a partir de ahora mientras que a partir del 1° de octubre abrirá solo los fines de semana Costanera Alvear«.

Fuente: (F.M. Viñas).
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